Jurado Popular

El Jurado Popular, ¿Cómo y en qué casos se constituye?

Cuando nos hablan de jurado popular las primeras imágenes que llegan a nuestra cabeza son las famosas escenas de “12 hombres sin piedad”, el film en blanco y negro de Sidney Lumet en el que un brillante Henry Fonda defiende la no culpabilidad, frente a los demás miembros del jurado, de un adolescente acusado de haber matado a su padre.

Al igual que en la película, el veredicto del jurado tiene que ser motivado punto por punto para no ser considerado fruto de la arbitrariedad. Dejando a un lado la ficción, veamos cómo se forman Tribunales del Jurado en España, en qué casos y quiénes lo forman.

El Tribunal del Jurado el España

En España, solo una pequeña minoría de los asuntos se resuelve a través de un jurado, el porcentaje supone menos del 0,1% de los juicios que se celebraron en la jurisdicción penal. Además, los jurados populares sólo se constituyen en juicios de orden penal que se celebrarán en las Audiencias Provinciales referentes a delitos contra la vida humana, delitos cometidos por los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos, delitos contra el honor, delitos de omisión del deber de socorro, delitos contra la intimidad y el domicilio, delitos contra la libertad y delitos contra el medio ambiente.

En la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado se detalla los siguientes tipos de juicio del Código Penal:

  • Del homicidio
  • De las amenazas
  • De la omisión del deber de socorro
  • Del allanamiento de morada
  • De la infidelidad en la custodia de documentos
  • Del cohecho
  • Del tráfico de influencias
  • De la malversación de caudales públicos
  • De los fraudes y exacciones ilegales
  • De las negociaciones prohibidas a funcionarios
  • De la infidelidad en la custodia de presos

¿Cómo son los Tribunales del Jurado?

El Jurado Popular está compuesto por un magistrado, 9 ciudadanos titulares y 2 suplentes. Los miembros deben de ser españoles y mayores de edad, encontrarse en el pleno ejercicio de sus derechos políticos, saber leer y escribir, ser vecino, al tiempo de la designación, de cualquiera de los municipios de la provincia en que el delito se hubiere cometido y no estar afectado por discapacidad física o psíquica que impida el desempeño de la función de jurado.

El Tribunal del Jurado debe emitir un veredicto, éste debe de ser motivado, para que no pueda atribuirse al fruto de la arbitrariedad y el jurado debe determinar si es culpable o no culpable, es decir, no impone la sentencia, ya que eso es competencia del juez.

¿Cómo se designa a los miembros del jurado?

Los jurados populares los designan las Audiencias Provinciales, mediante sorteo que se realiza los años pares. Se seleccionan las personas que pasan a formar parte del tribunal popular de cada provincia durante dos años. El sorteo es público y puede asistir cualquiera que lo desee. El sorteo se realiza mediante un programa informático especifico en el que no figuran los datos de los ciudadanos.

Posteriormente se certifica mediante correo certificado postal a los seleccionados, y se abre el plazo para presentar alegaciones. Una vez descartadas las personas que hayan presentado alegaciones y hayan sido aceptadas se forman grupos.

De esos grupos se descartan miembros hasta que queden solo once, entre los criterios de selección de los está saber si son aptos psicológicamente o si están influenciados de antemano por el caso a juzgar, entre otros. También, si  tienen vínculos directos o indirectos con algunas de las partes de juicio y que tengan capacidad para entender, comprender y analizar todo lo que se expondrá en el juicio.

Motivos para excusarse acudir como jurado

En la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado vine estipulado que podrán excusarse para actuar como jurado:

  • Los mayores de sesenta y cinco años.
  • Los que hayan desempeñado efectivamente funciones de jurado dentro de los cuatro años precedentes al día de la nueva designación.
  • Los que sufran grave trastorno por razón de las cargas familiares.
  • Los que desempeñen trabajo de relevante interés general, cuya sustitución originaría importantes perjuicios al mismo.
  • Los que tengan su residencia en el extranjero.
  • Los militares profesionales en activo cuando concurran razones de servicio.
  • Los que aleguen y acrediten suficientemente cualquier otra causa que les dificulte de forma grave el desempeño de la función de jurado.

Derechos de los miembros del jurado

El desempeño de las funciones del jurado será retribuido e indemnizado, además en el trabajo no pueden poner ningún inconveniente de los ya citados. Actualmente, los juicios suelen durar de cinco a veinticinco días. Los miembros del Jurado Popular reciben 70€ al día más dietas, alojamiento en hotel y kilometraje desde si residencia habitual.

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