Medidas paternofiliales: 4 claves que debes conocer

En un proceso de divorcio o de separación, es de especial importancia proteger a los menores. Las medidas paternofiliales es como se denomina al procedimiento judicial mediante en que se determinan todos los aspectos relacionados con los hijos tras la ruptura de una pareja. Estas medidas tratan de velar por los derechos y los intereses de los menores, tanto si la pareja está casada como si no.

¿De mutuo acuerdo?

Del mismo modo que en cualquier otro ámbito de la vida, siempre es más conveniente llegar a un acuerdo y llevar a cabo la separación el divorcio de manera amistosa. En este caso, los padres, asistidos por su abogado, son los que establecen las medidas paternofiliales.

Hay veces en las que no hay otra salida que recurrir a la vía contenciosa. Una de las partes de la pareja presenta la demanda de separación o de divorcio y se celebra un juicio, en el que el Juez determina cuáles son las medidas paternofiliales que van a estar en vigor tras la ruptura de la pareja.

¿Qué aspectos engloban?

Uno de los aspectos más relevantes en la separación o divorcio de los progenitores en relación con los hijos menores es la guarda y custodia de los mismos: compartida o monoparental. La guardia y custodia compartida atribuye la custodia a ambos progenitores, con iguales derechos y obligaciones. Lo más frecuente es que los hijos estén en periodos alternos con cada uno de sus progenitores, en quincenas o semanas.

La custodia monoparental consiste en que el cuidado, el bienestar, la convivencia y la educación de los menores se atribuye en exclusiva a uno de los progenitores, que se denomina progenitor custodio. En este caso hay que establecer un régimen de visitas del progenitor no custodio.

Con independencia del tipo de custodio, también se fija una pensión de alimentos, según los gastos de los hijos y en proporción a los ingresos de los progenitores. A esto hay que sumar la atribución de la vivienda familiar, así como una pensión compensatoria si es necesaria.

Patria potestad y guardia y custodia: ¿cuál es la diferencia?

La patria potestad se refiere a todos los derechos y obligaciones de los progenitores con sus hijos menores de edad. Su ejercicio en ningún caso puede ser modificado ni extinguido sin más, sólo en los casos en los que la ley lo permita.

La guarda y custodia es el cuidado diario de los menores. En un proceso de divorcio o separación se otorga a uno o a ambos progenitores según su disponibilidad horaria y disponibilidad.

Por lo tanto, cuando se produce una ruptura de la parejaambos progenitores deben seguir ejerciendo la patria potestad de sus hijos menores de edad, pero la guardia y custodia puede ser monoparental o compartida.

Divorcio exprés e hijos menores

En los últimos años se ha popularizado el divorcio exprés como el proceso más económico y rápido para romper definitivamente el vínculo del matrimonio. Se trata de un procedimiento que permite a los cónyuges divorciarse de mutuo acuerdo sin tener que acudir a los tribunales.

Ambos son asistidos por el mismo abogado y manifiestan ante notario que tienen voluntad de divorciarse, al tiempo que aportan el convenio regulador. Ahora bien, hay un requisito básico para poder recurrir al divorcio exprés: no tener hijos menores de edad. De ser así, el divorcio, aunque sea de mutuo acuerdo, tiene que realizarse por vía judicial ya que debe intervenir el Ministerio Fiscal para garantizar y defender los intereses de los menores.

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