"El Tribunal Supremo confirma las condenas impuestas por la Audiencia Nacional a tres empresas por su participación en delitos contra la salud pública, en concreto en el tráfico de cocaína escondida en maquinaria, objeto de importación y exportación entre España y Venezuela, condenándolas al cierre de dos de ellas y al pago de una multa de 31.000 euros, en base a la responsabilidad de las empresas y sus administradores de acuerdo al artículo 31bis del Código Penal. En primer término como persona física integrante de la persona jurídica y en segundo término que las empresas hayan incumplido su obligación de establecer medidas de vigilancia y control para evitar la comisión de delitos."
Sentencia Ttibunal Suprema nº 156/2016, Sala 2ª, de lo Penal, 29 de Febrero de 2016
"En
esta Sentencia se condena directa y solidariamente a la empresa al pago de
625.000€ por delitos contra la Hacienda Pública y Falsedad documental al
probarse una simulación de compraventa para desgravarse el IVA. Dicha operación
se demuestra falsa. La perito de Hacienda, cotejó todos
los asientos bancarios con las facturas aportadas por las empresas, datos
recabados a terceros por Hacienda y examinó las declaraciones de IVA, los
modelos 347 de las Declaraciones de operaciones con terceros de los obligados
tributarios, llegando a la conclusión de que en la declaración del Impuesto de
Sociedades se procedió de forma indebida a deducir como gasto en la base
imponible el importe de dos facturas por importes que no se correspondían con
operaciones reales, al no haberse acreditado ni la entrega de los bienes ni la
realidad del pago.”
Sentencia Audiencia Provincial de Asturias, Sección 2ª, 561/2015 de 11 de Diciembre
"La Audiencia Provincial condena a la empresa
por simular la adquisición de contenedores a modo de inversión, a fin de
obtener el dinero con el que la Comunidad Autónoma incentiva la actividad. Se
condena a la empresa por un delito de falsificación en documento mercantil al
pago de una multa de 1 millón de euros con la responsabilidad solidaria de los
administradores y a la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o
ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de
la Seguridad Social durante un periodo de 5 años. Se condena igualmente a los administradores a la pena
de tres años de prisión.
Igualmente
se le condena a la empresa a 7 meses de multa con una cuota diaria de 6 euros
con la responsabilidad solidaria de los administradores, imponiendo a estos
igualmente la pena de un año y seis meses de prisión."
Sentencia Audiencia Provincial de Sevilla, Sección 1ª, 600/2015 de 14 de Diciembre