¿Cuánto tarda un desahucio por impago de hipoteca?

Cuando el propietario de una vivienda cae en el impacto de entre tres y seis cuotas del préstamo hipotecario, la entidad bancaria da inicio a lo que se conoce como proceso de ejecución hipotecaria. Es de especial interés destacar que una vez se pone en marcha este proceso, el banco no reclama las mensualidades atrasadas, sino la cuantía total del préstamo a un interés del 20%. Esto ocurre una vez se han agotado todas las vías de negociación para llegar a un acuerdo amistoso con la entidad bancaria.

¿Qué es la ejecución hipotecaria y cómo se lleva a cabo?

La ejecución hipotecaria está regulada por la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil. Se define como tal al proceso mediante el cual se embarga la vivienda del hipotecado para saldar la deuda que tiene con la entidad bancaria a raíz del impago de las cuotas hipotecarias. Esto conlleva el desahucio por impago de hipoteca. Una vez se ha llevado a cabo el embargo, se procede con la subasta del inmueble, y con el dinero recaudado, la deuda que mantiene con el banco queda satisfecha.

Una vez se produce el primer impago de la cuota hipotecaria, el banco envía al hipotecado un aviso comunicándole que tiene una mensualidad pendiente. Se trata simplemente de un aviso, de forma que si el hipotecado hace frente al pago, la situación se resuelve sin más. Transcurridos cinco meses desde el primer impago, la entidad bancaria incluye al hipotecado en un registro de morosos, como ASNEF. Esto es algo muy importante ya que, al estar incluido en el registro, lo va a tener complicado para solicitar un crédito.

El banco puede interponer una demanda en el Juzgado una vez transcurran 15 semanas del primer impago. Es entonces cuando se convoca la subasta. Ahora bien, pueden pasar entre ocho y 12 meses entre la subasta de la vivienda y el desahucio, de forma que hay tiempo suficiente para agotar las diferentes vías que existen para paralizar el desahucio por impago de hipoteca.

  1. Acuerdo con el banco: el titular de la hipoteca puede llevar a cabo un proceso de negociación con la entidad bancaria para anular el proceso de ejecución hipotecaria, siempre y cuando se comprometa en firme al pago de las cuotas en un plazo de tiempo determinado.
  1. Pago de las cuotas: el desahucio por impago de hipoteca se puede paralizar si el titular paga las cuotas impagadas.
  1. Colectivo vulnerable: el hipotecado también puede alegar que forma parte de un colectivo vulnerable (mayores de 60 años, víctimas por violencia de género, miembro de la familia con una discapacidad igual o superior al 33%, familia con un hijo menor de edad, familia monoparental y familia numerosa). Para poder optar a esta acreditación, hay que tener unos ingresos de entre tres y cinco veces el IPREM.
  1. Código de buenas prácticas: el código de buenas prácticas es un documento que recoge una serie de medidas que los bancos deben aplicar. En el ámbito de los préstamos hipotecarios, establece que las entidades tienen que reestructurar la deuda si el hipotecado no cuente con los recursos económicos suficientes para hacer frente al pago de la deuda. En base a este documento, es posible acogerse a medidas como la disminución del interés aplicado al préstamo, o la ampliación del plazo.

Aunque la situación ideal es la de pagar las cuotas del préstamo hipotecario a tiempo y no tener que enfrentarse a un desahucio por impago, es importante conocer toda la información disponible. Ante cualquier duda o consulta, puedes ponerte en contacto con nuestro despacho de abogados.

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2 comentarios

  1. El banco no me a concedido lo de las buenas prácticas x q es el 41% de la renta ,q yo tengo discapacidad del 41 x ciento ,q mi.marido esta en paro,q tiene 64 años q tengo una menor ,e hablado con la nueva directora para poder pagar una cuota q me comprometo q haga una refinamiento q no me lo hace q tengo muchas clasulas abusuvas ,mas la comision y gastos de 8000 euros ,y nada a salido a subasta q tengo q hacer para recuperar mi vivienda ,y q no llegue al desahucios

    1. Buenas tardes Manoli,

      Las buenas practicas son opcionales, si no se lo conceden tendrá que negociar con su banco otras condiciones.

      Si desea que la asesoremos puede contactarnos en el 91 278 14 53

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