Proceso de desahucio por impago de alquiler: claves a tener en cuenta

Actualmente el número de pisos en alquiler en España está en máximos históricos. De forma paralela al crecimiento del número de personas que optan por vivir en régimen de arrendamiento, también se ha incrementado el número de inquilinos que no hacen frente al pago de la renta del alquiler en el tiempo y la forma acordados. Una situación muy compleja para los propietarios del inmueble, que se ven obligados a contratar los servicios de un abogado para iniciar un proceso de desahucio por impago de alquiler. Al igual que en cualquier otro ámbito de la vida, lo primero es tratar de llegar a un acuerdo amistoso con el arrendatario. Pero en muchos casos esto no surte efecto, de forma que es necesario interponer una demanda en el Juzgado para recuperar el inmueble y que el inquilino pague la cantidad adeudada.

¿Cuántos meses tiene que llevar el inquilino sin pagar la renta?

La normativa establece que el propietario de la vivienda puede poner en marcha el proceso de desahucio por impago de alquiler desde el primer mes. Sin embargo, siempre es conveniente llegar a un acuerdo amistoso. Para ello, lo más recomendable es enviar al arrendatario un burofax con certificado de texto y acuse de recibo. Para la redacción de este documento es muy recomendable la asistencia de un abogado.

¿Qué puede hacer el inquilino?

Una vez reciba la notificación del Juzgado, puede tomar una de estas tres posturas:

  • Pagar la cantidad adeudada y abandonar la vivienda: aunque es la situación ideal, ocurre en muy pocas ocasiones. Algunos propietarios, con el principal objetivo de recuperar el inmueble a la mayor brevedad posible, condonan la deuda a cambio de la salida del inquilino del piso.
  • Enervar la acción: la enervación consiste en el pago de las rentas para evitar el desahucio. Cabe señalar que los desahucios únicamente se pueden enervar en una ocasión mientras esté vigente el contrato de arrendamiento. Por lo tanto, la próxima vez que se produzca un impago de la renta y el propietario presente una demanda de desahucio, el inquilino no podrá acogerse a esta opción.
  • Ir contra la demanda: en este caso, el inquilino tendría que demostrar que sí ha pagado las rentas que se le reclaman.

El plazo que tiene para optar por alguna de estas posturas desde que recibe la notificación es de diez días hábiles.

¿Cuánto tarda el desahucio por impago de alquiler?

Esta es una de las primeras preguntas que se plantean los propietarios cuando se encuentran ante una situación de este tipo. En estos momentos, el plazo promedio en España es de entre cuatro y seis meses.

Por último, señalar que una de las principales obligaciones del inquilino cuando firma un contrato de arrendamiento es el de hacer frente al pago de la renta. En caso contrario, el arrendador puede resolver unilateralmente el contrato, exigir el pago de la cantidad adeudada más los intereses y recuperar la vivienda. Para iniciar el proceso de desahucio por impago de alquiler, puedes ponerte en contacto con nosotros.

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