Agilizar proceso de desahucio

Aunque España siempre ha sido un país de propietarios, la tendencia en el mercado inmobiliario está cambiando a un ritmo de vértigo, y cada vez son más las personas que deciden vivir de alquiler por varios motivos: inestabilidad laboral, dificultad de acceso al crédito… Una de las peores consecuencias del aumento de la demanda de pisos en alquiler es la morosidad. En 2020 el número de inquilinos que no hicieron frente al pago de la renta en el tiempo y la forma acordados en el contrato se multiplicó por tres. Una situación muy complicada para los propietarios, quienes dejan de recibir los ingresos regulares y se ven obligados a iniciar un procedimiento judicial.

Lo primero es diferenciar a los diferentes tipos de inquilinos morosos que puede haber. Por un lado están aquellos que son verdaderos profesionales de la estafa y que desde un primer momento saben que no van a pagar la renta. Por lo general, se venden como profesionales de éxito muy solventes, y una de las técnicas que suelen seguir es la de pagar varios meses por adelantado en el momento que alquilan el piso. Pero, una vez abonan esta cantidad de dinero, nunca más vuelven a pagar.

Y, por otro lado, están los arrendatarios que quieren hacer frente al pago de la renta pero no pueden hacerlo porque, por ejemplo, les han despedido de la empresa en la que trabajaban. Con estos últimos el trámite suele ser más sencillo porque están dispuestos a negociar y, en caso de que les resulte imposible pagar el alquiler a medio plazo, en la gran mayoría de los casos abandonan la vivienda voluntariamente.

¿Cómo agilizar el proceso de desahucio por impago de alquiler?

Vamos a centrarnos en los inquilinos que no pagan la renta porque no quieren, y tampoco tienen intención de abandonar el inmueble. Lo primero que debes hacer como propietario es ponerte en contacto con un despacho de abogados como el nuestro, especializado en desahucios. Durante nuestros años de experiencia hemos gestionado muchos procesos de este tipo, y en todos ellos la principal preocupación de los propietarios es la de saber cuándo van a poder recuperar su vivienda.

En estos momentos, desde que se presenta la demanda de desahucio por impago de alquiler hasta que se desaloja al arrendatario moroso suelen transcurrir entre seis y ocho meses. Un periodo de tiempo relativamente breve a raíz de la puesta en marcha en el año 2018 la Ley de Desahucio Express, porque anteriormente podía transcurrir hasta más de un año.

Por lo general, la demanda se presenta reclamando la deuda pendiente hasta el momento del desalojo y, además, pudiendo el desahucio. También se le reclaman las costas al inquilino, de forma que éste tenga que pagar los gastos de abogado y procurador. La demanda de desahucio tiene que ir obligatoriamente firmada por abogado y procurador, y se interpone en los Juzgados de la ciudad en la que se encuentre el inmueble. Por supuesto, junto con la demanda hay que aportar una copia del contrato de arrendamiento.

Unas semanas después de presentar la demanda el Juzgado emite el decreto de admisión, un documento en el que se establecen las fechas de juicio y de desahucio. Se le notifica al inquilino la demanda, y tiene 10 días hábiles para oponerse a la misma. Si lo hace, se celebra un juicio que apenas dura un par de minutos. Si no hay oposición, se le da directamente la razón al propietario y se ordena el lanzamiento en la fecha prevista.

Si te encuentras en una situación como esta, en la que el inquilino no te paga el alquiler, ponte en contacto con nuestro despacho de abogados.

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