impago de alquiler

Cómo aprovechar al máximo a un abogado en un desahucio

Si eres el propietario de un piso alquilado, seguro que una de tus principales preocupaciones es la del impago por parte del inquilino. Y tienes razones para ello, ya que el número de demandas de desahucio por impago del alquiler ha aumentado de manera exponencial en los últimos años. Puede ocurrir que el inquilino no pague la renta en el tiempo y la forma acordados en el contrato de arrendamiento una sola vez, pero cuando esto se convierte en algo habitual, debes contratar a un abogado.

Existen algunas medidas que puedes tomar para tratar de llegar a un acuerdo amistoso con el inquilino antes de presentar la demanda en el Juzgado, pero es conveniente que cuentes con el asesoramiento legal de un abogado desde el primer momento. Él te orientará sobre la manera de proceder para cobrar la cantidad adeudada y recuperar el inmueble.

 

Qué no debes hacer en caso de impago

El hecho de que el inquilino no pague el alquiler puede poner en serio riesgo tu economía si, por ejemplo, destinas el dinero de la renta a pagar la hipoteca. Aún así, hay algunas cosas que como propietario no puedes hacer, como cambiar la cerradura, entrar en la vivienda sin el permiso del inquilino, cortar los suministros o dejar de pagarlos. Este tipo de acciones pueden hacer que la situación se vuelva en tu contra, y eso es justo lo que debes evitar. Aunque el inquilino no pague el alquiler, desde el punto de vista jurídico él es el poseedor de la vivienda, excepto si el contrato ha sido rescindido por ambas partes o por un juez.

 

Enviar un Burofax

Una vez que como propietario y arrendador le pides amistosamente al inquilino que pague la renta y no lo hace, debes ponerte más serio y solicitárselo por escrito y de manera fehaciente. En muchos casos, este mecanismo surte efecto y el arrendatario paga la renta.

El burofax es un documento en el que el arrendador de la vivienda especifica el requerimiento de pago por parte del inquilino moroso antes de presentar la demanda. La Ley de Enjuiciamiento Civil permite anular el procedimiento judicial si previamente el arrendatario paga la cantidad reclamada.

 

Demanda por impago de alquiler

Si la vía amistosa y el burofax no surten efecto, hay que presentar la demanda. Las opciones legales que tienes como arrendador son las siguientes: desahucio del inquilino por impago del alquiler y reclamación de las rentas impagadas, desahucio por impago del alquiler o reclamación de rentas impagadas. La opción más utilizada es la primera.

La demanda siempre hay que presentarla mediante abogado y procurador acompañada de los siguientes documentos: contrato de arrendamiento original, escritura de propiedad del inmueble, Poder General para Pleitos y notificaciones que se le hayan enviado al arrendatario reclamándole el pago del alquiler.

Una vez presentada la demanda, el inquilino recibirá la notificación del Juzgado, en la que se fija la fecha del juicio y la fecha del lanzamiento. Cabe señalar que únicamente hay juicio si el inquilino se opone a la demanda. Una vez recibida la notificación, el arrendatario puede tomar varias posturas.

Si decide quedarse en el inmueble y no pagar, llegado el día del lanzamiento, el personal del Juzgado lo desalojará. La mejor de las soluciones es que pague lo que debe y entregue el inmueble, aunque ocurre en muy pocas ocasiones. También puede entregar el inmueble pero no pagar la cantidad adeudada. En este caso, el proceso continúa respecto a la reclamación de la deuda.

El inquilino también puede oponerse a la demanda para ganar tiempo, ya que en este caso debe celebrarse un juicio.

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