Un divorcio nunca es un proceso sencillo, ni siquiera cuando es de mutuo acuerdo. No hay ninguna duda de que una ruptura de pareja supone un gran trauma a nivel emocional, así que, para no sumar más estrés a una situación ya de por sí compleja, es recomendable que los cónyuges se sienten a hablar y a negociar las cláusulas del divorcio asistidos por su abogado.
Una de las principales ventajas del divorcio amistoso es que ambos cónyuges pueden compartir abogado, lo que supone un importante ahorro a nivel económico. Cuando el divorcio es de mutuo acuerdo significa que ambos cónyuges están de acuerdo en poner fin a su matrimonio, y a la demanda hay que adjuntar un documento que recibe el nombre de convenio regulador.
Aunque en Internet es posible encontrar plantillas del convenio regulador, siempre lo más recomendable es contratar a un abogado especializado en divorcios para su redacción. Cada matrimonio es diferente, así que el abogado juega un papel muy importante a la hora de reflejar los acuerdos alcanzados en el convenio regulador.
Convenio regulador: cláusulas
El documento debe incluir una serie de conceptos que son clave:
- Reparto de bienes: depende en gran medida del régimen económico del matrimonio, separación de bienes o gananciales, así como de la naturaleza de los bienes. En el caso de planes de pensiones, siempre son de titularidad individual y personal.
- Vivienda familiar: el artículo 96 del Código Civil determina el uso de la vivienda familiar, “En defecto de acuerdo de los cónyuges aprobado por la autoridad judicial, el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario de ella corresponderá a los hijos comunes menores de edad y al cónyuge en cuya compañía queden, hasta que todos aquellos alcancen la mayoría de edad”.
- Guarda y custodia de los hijos: este suele ser uno de los temas más conflictivos en un divorcio. Los progenitores pueden compartir la custodia de los hijos menores de edad, o entre ambos decidir que recaiga sobre uno de ellos. Si la custodia es exclusiva de uno de los progenitores, hay que determinar una pensión de alimentos por parte del otro.
Custodia de los hijos menores de edad
A la hora de negociar bien las cláusulas de un divorcio, uno de los apartados más importantes del convenio regular es la custodia de los hijos menores de edad fruto del matrimonio.
Lo primero y más importante es saber la diferencia entre patria potestad y guarda y custodia. La patria potestad hace referencia al conjunto de derechos y obligaciones que recaen sobre los padres en relación a sus hijos, como la asistencia sanitaria, la educación y la administración de los bienes. Mientras, la guarda y custodia son el conjunto de decisiones ordinarias relacionadas con la convivencia con los hijos.
Aunque hay un total de cuatro tipos de guarda y custodia en España, los más frecuentes son dos:
- Guarda y custodia monoparental: tal y como su propio nombre indica, la custodia de los menores se le atribuye a uno de los progenitores, que recibe el nombre de progenitor custodio. En este caso, en el convenio regulador hay que fijar el derecho de visita, estancia y comunicación del progenitor no custodio.
- Guarda y custodia compartida: bajo este régimen, ambos progenitores pueden convivir con los hijos por periodos alternos a acordar entre las partes. La custodia compartida puede ser con domicilio fijo o rotatorio de los hijos.
Si estás buscando al mejor abogado especializado en divorcios para la redacción y tramitación del convenio regulador, te invitamos a contactar con nosotros.