¿Cómo recurrir una multa de tráfico?

Pocos son los hogares que se han librado de que, alguna vez, les llegue una multa de tráfico, por ejemplo, por exceso de velocidad o aparcamiento indebido. Hasta a los mejores conductores les pasa. Y es que solo el hecho de coger el coche todos los días ya aumenta las posibilidades de que, más tarde o más temprano, acabes recibiendo una. Sin embargo, en una buena parte de las multas no está claro el motivo, o no se notifican en el tiempo y la forma adecuados. Ante ello, la ley te otorga el derecho a recurrir, pero ¡no tan deprisa! Para tener posibilidades de éxito debes seguir un procedimiento específico, por lo que desde Pluslegal Abogados te recomendamos que pidas el asesoramiento de nuestros especialistas.

1.Comprueba si tienes razones para recurrir

Antes de nada, analiza las circunstancias de la sanción para estar seguro de que existen razones para presentar un recurso. Si estás plenamente convencido de que no has cometido ninguna infracción, debes elaborar un argumento que sustente tu afirmación. A veces, aunque hayas cometido la infracción que se te imputa, puedes encontrar un argumento ganador que invalide la multa. Por ejemplo, el hecho de que exista un obstáculo que impide la visión de una señal de ‘prohibido aparcar’.

El recurso también puede motivarse por defectos de forma en la multa. Que haya errores en alguno de los datos (nombre y apellidos, matrícula, fecha y hora, número de identificación del agente) o que en la multa no figure el faldón de recursos donde se informa del procedimiento y el plazo para recurrir puede acabar librándote de pagar.

Por último, comprueba que la multa te ha llegado dentro de plazo. La Administración tiene tres meses para notificártela en caso de infracciones leves, seis meses para las graves y hasta un año para las muy graves. Si recibes la comunicación tarde, puedes recurrir alegando que ha prescrito.

2.Recaba pruebas

Tu recurso siempre será más efectivo si consigues reunir pruebas que sustentan tu versión, como fotografías o testimonios de testigos. No obstante, la Administración también puede responder a tu recurso con pruebas que justifiquen la multa, como una testifical en la que el agente denunciante y su compañero ratifican la sanción. Recuerda que debes estar seguro de que tienes razones para recurrir, ya que si lo haces perderás el derecho a pagar el 50% del importe de la multa en los 20 días naturales que siguen a su notificación.

3.Envía un escrito de alegaciones

Desde que recibes la notificación, dispones de 20 días naturales para presentar un escrito de alegaciones en el que justifiques por qué debe revocarse la multa. Debes enviarlo a la dirección que figure en el faldón de la multa, que será diferente en función de quién te haya puesto la multa. Si ha sido un policía local, deberás enviarlo o acudir directamente al Ayuntamiento de tu localidad. Si la multa depende de la Dirección General de Tráfico, deberás dirigir la reclamación a este organismo.

Nuestra recomendación es que dejes la elaboración del recurso en manos de expertos legalistas, ya que el escrito será más efectivo si tiene una estructura y utiliza un lenguaje jurídico.

¿Qué hago si no se gana mi recurso?

Si tu recurso no prospera, la Administración te hará llegar la resolución sancionadora. Llegado este punto, solo tienes dos opciones: pagar o recurrir la sanción por la vía contencioso-administrativa, es decir, ir a juicio. Antes de decidirte por esta última opción, es importante que busques el asesoramiento de abogados expertos en delitos contra la Seguridad Vial, que te asesorarán sobre tus opciones de defensa para conseguir la anulación de la sanción.

Desde que se modificó la Ley de Tasas Judiciales en 2015, las personas físicas están exentas del pago de la tasa judicial, por lo que la vía judicial para reclamar multas se ha abaratado considerablemente y seguramente te compense si has recibido una multa cuantiosa (las multas por exceso de velocidad, por ejemplo, pueden llegar a los 600 euros).

¿Tienes algún quebradero de cabeza con una multa? Consúltanos, ¡te ayudamos!

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