desahucios por impago

¿Puedo cambiar la cerradura si mi inquilino deja de pagar?

Cuando un arrendatario no abona las rentas nuestros clientes nos suelen preguntar si pueden disolver el contrato por incumplimiento y, por lo tanto, cambiar la cerradura y tomar posesión del inmueble.

Lamentablemente, la respuesta es negativa. Aunque el inquilino haya dejado de pagar sigue teniendo la posesión de la vivienda que le otorga el contrato de arrendamiento, por lo que para poder recuperar dicha posesión se debe iniciar un proceso de desahucio por impago.

En caso de que el propietario proceda al cambio de la cerradura podría incurrir en dos delitos:

  • Allanamiento de morada, tipificado en el artículo 202 del Código Penal y castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años o de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses si el hecho se ejecuta con violencia o intimidación.
  • Delito de coacciones, tipificado en el artículo 172 del Código Penal y castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años o con multa de 12 a 24 meses, según la gravedad de la coacción o de los medios empleados.

Antes de tomar medida alguna en estos casos conviene hablar con un abogado. En Pluslegal Abogados somos expertos en derecho inmobiliario y estaremos encantados de atenderle y resolver sus dudas, nos puede contactar en el 91 278 14 53 o en info@pluslegal.es

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