¿Puedo subir la renta a mis inquilinos si me suben la cuota de la hipoteca?

Aumento del alquiler si te suben la hipoteca.

Una de las preguntas más habituales que suelen hacer los arrendadores, es si puede repercutir a sus arrendatarios la subida de las cuotas de la hipoteca.

Aunque muchos arrendadores utilicen las rentas que perciben para abonar las cuotas de la hipoteca de dicho inmueble, la ley de Arrendamientos Urbanos no permite repercutir dicha subida al arrendatario. Conforme establece el artículo 18 LAU la renta solo se podrá actualizar cuando se cumplan las anualidades del contrato conforme al índice pactado en el contrato.

Aunque es cierto que actualmente los índices de referencia (IPC, ARCA, etc.…) están por encima del EURIBOR, también es cierto que mediante el artículo 46 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, se ha limitado la actualización de las rentas y aunque los pequeños tenedores pueden no aplicar la limitación si existe acuerdo entre las partes lo habitual es que el arrendador se niegue a aceptar subidas de la renta por encima del 2%.

En cualquier caso hay que tener en cuenta que esto aplica a los contratos que se encuentren en plazo de prórroga obligatoria, en el caso de que el contrato se encuentre vencido el arrendador podrá resolver el anterior contrato y obligar al arrendatario a abonar la nueva renta que determine o a abandonar la vivienda.

Comparte

Guía para propietarios sobre la Ley de Alquiler

Completa el formulario y un abogado especialista atenderá tus necesidades.

2 comentarios

  1. Buenas tardes, tengo pensado renovar mi contrato de arrendamiento con mi casero ya que vencerá dentro de poco. El arrendador pretende aumentar ell alquiler de 860€ a 990€ aludiendo a la subida de la hipoteca sobre el bien inmueble. ¿Sería legal esto sabiendo que no puede aumentarlo más allá del límite del 2%?

    1. Buenas tardes Ainhoa,

      Para darla respuesta debemos saber si es una actualización o si han terminado las prorrogas obligatorias, en el primer caso el máximo si que esta en el 2% en el segundo si podría hacerlo.

      Si necesita asesoramiento en Pluslegal somo expertos en derecho inmobiliario puede contactarnos en 91 278 14 53

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Publicaciones recientes​
Completa el formulario y un abogado especialista atenderá tus necesidades.
Guía para propietarios sobre la Ley de Alquiler

Te llamamos