Cambio de titularidad de los suministros
Es habitual que en los contratos de arrendamiento se incluya la obligación de los arrendatarios de cambiar los suministros a su nombre, pero ¿Qué pasa si el arrendatario incumple esta obligación?
En caso de que el arrendatario no cambie la titularidad de los suministros estaría incumpliendo una obligación recogida en el contrato, lo que constituye una causa de resolución del mismo conforme establece el artículo 27.1 LAU.
En primer lugar, habría que remitirle una comunicación por burofax instándole a cambiar la titularidad de los suministros y, si no atiende este requerimiento, se podría solicitar la resolución judicial del contrato por incumplimiento y el desahucio del arrendatario.
Lo que no se debe hacer nunca es cortar los suministros o dejar de pagarlos, pues se consideraría un delito de coacciones con los consiguientes perjuicios e indemnizaciones que pudieran devengarse, así como los posibles gastos que conlleva reactivarlos.
Por último, lo que nunca se recomienda es cambiar a la cuenta del arrendatario el pago de las facturas de los suministros sin cambiar la titularidad, pues en caso de impago el arrendador se vería como responsable de la deuda generada.
En Pluslegal somos expertos en derecho inmobiliario, si necesitas asesoramiento estaremos encantados de ayudarle puede contactarnos en el 91 278 14 53
6 comentarios
Soy la inkilina y yo kisiera pagar la contribucion del 2022 y una deuda de 1600 con el consentimiento de la dueña poddria yo pagar 200 euros al mes asta ke se likide la deuda?
Buenos días Mariangeles,
Si, siempre que llegue a ese acuerdo con su arrendador no habría ningún problema, pero debe acordarlo con su arrendador.
Buenas tardes, ¿Hay obligación legal por parte del arrendador de cambiar la titularidad del contrato de suministro de la luz al arrendatario?
No, no existe una obligación legal de cambiar los suministros a nombre del arrendatario, si se puede fijar en el contrato la obligación del arrendatario a contratar los suministros a su nombre pero en caso de incumplimiento habrá que instar el cumplimiento judicial o instar la resolución del contrato por incumplimiento.
Hola.
Quería saber qué pasa si yo estuve de inquilina de un piso hace 11 años solo estuve 1 año viviendo ahi, el caso es que el siguiente inquilino que actualmente vive ahí no cambio de nombre los suministros y el propietario del piso tampoco se aseguró de que lo cambiasen a mi me decía que ya lo habían cambiado y en mi área cliente de Endesa no me aparece esa dirección. Pues ahora me encuentro que hace 2 años dejaron de pagar y hay una deuda de más de dos mil euros a mi nombre, por qué ellos quitaron la domiciliación pero no mi nombre, y anteriormente pagaban las facturas una a una en el banco manualmente. El propietario me dice que el pensaba que si lo habían cambiado. Que se puede hacer en estos casos? Por qué reclamando a Endesa envié mi contrato de alquiler y el documento de fin de contrato y me dicen que no pueden hacer nada ellos.
Gracias.
Buenas tardes Alba,
Al estar a su nombre los suministros lo único que podría hacer es reclamárselo judicialmente al propietario y a los posteriores inquilinos ya que frente a la compañía suministradora usted es la responsable.
Si lo desea en Pluslegal podemos asesorarla, llame al 91 278 14 53 y pida una cita.